Orientación diocesana para parroquias y escuelas sobre cómo responder a los agentes de ICE

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Por Barb Arland-Fye
El mensajero católico

DAVENPORT — Las preocupaciones expresadas sobre la posibilidad de redadas en iglesias, escuelas u otras entidades diocesanas por parte de agentes de Inmigración y Control de Aduanas de los Estados Unidos (“ICE”) llevaron a la Diócesis de Davenport a brindar orientación sobre una respuesta apropiada y legal.

El diácono David Montgomery, jefe de gabinete de la diócesis, afirmó haber estado trabajando en el documento durante algún tiempo, revisando las respuestas de otras diócesis sobre la eliminación de las restricciones a los agentes de ICE en escuelas y templos.

A continuación se incluyen extractos del documento de orientación de la Diócesis de Davenport sobre cómo las parroquias, escuelas y otras entidades diocesanas pueden responder si llegan los agentes de ICE:

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1. Solicite y revise cortésmente la identificación y la orden judicial: revise las credenciales oficiales de los agentes de ICE, anotando sus nombres y números de placa, y los detalles de la orden de registro, arresto o administrativa. Para que sea
válida, la orden judicial debe estar firmada y fechada por un juez. Si se trata de una orden de registro, asegúrese de que esté limitada a un período y área específicos. Si se trata de una orden de arresto, asegúrese de que se refiera a una persona específica. Solicite una copia de la orden y envíela al abogado que la firma.

2. Contacte inmediatamente a un asesor legal: informe a los agentes de ICE que la Diócesis cuenta con representación legal. No responda ninguna pregunta hasta que su abogado esté presente en el lugar o disponible por teléfono para brindarle asesoría.

3. No permitir el acceso no autorizado: Si los agentes de ICE no cuentan con una orden judicial válida, podrán ingresar a cualquier área pública (por ejemplo, el estacionamiento, el vestíbulo o la sala de espera). Sin embargo, no podrán ingresar a áreas privadas sin el consentimiento de la Diócesis o de un representante de esta. De igual manera, si la orden de registro se limita a ciertas áreas, los agentes de ICE no podrán exceder su alcance.

4. Coopere y no obstruya a las fuerzas del orden: si bien debe ser diligente en la protección de los derechos de sus empleados y demás personas, no toque físicamente ni interfiera con los agentes de ICE durante la ejecución de una orden de
registro, arresto o administrativa válida. Obstruir a las fuerzas del orden puede
exponer a la Diócesis y a sus representantes a responsabilidad penal.

5. Documente las interacciones con los agentes del ICE: mantenga un registro de las horas, fechas e interacciones con los agentes. También anote cualquier artículo o documento incautado por los agentes y los nombres de cualquier persona arrestada. Prepárese para una reunión informativa con un asesor legal después de la visita del ICE. Todas las comunicaciones de seguimiento con el ICE deben gestionarse a través de un asesor legal.


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